CAJIGA, JULIO CESAR c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor persiguió el reconocimiento de daño psíquico y la actualización del crédito. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, aumentando el monto indemnizatorio por incapacidad y daño psíquico.
Reconocimiento de daño psíquico y actualización de crédito
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, fijando el monto de condena en $ 30.092.690 con actualización por índice RIPTE y 6% de interés anual no capitalizable. Dejó sin efecto lo decidido sobre costas y honorarios, e impuso las costas a la demandada.
Fundamentos relevantes:
- Los expertos reconocen que las personas pueden sufrir trastornos de ansiedad y estrés postraumático ante eventos traumáticos en el trabajo.
- Para que exista daño psíquico debe mediar una perturbación patológica de la personalidad, con adecuado nexo causal con el hecho dañoso.
- En el caso, el accidente vehicular sufrido por el actor, con secuelas físicas importantes, permite concluir la existencia de trauma mental.
- La actualización del crédito debe realizarse por RIPTE más 6% de interés anual no capitalizable hasta la fecha de liquidación, y luego aplicar la tasa activa del Banco Nación hasta la efectiva cancelación.
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