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FILIPPO, ANABELLA MONICA c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió reclamo por la actualización del crédito conforme la ley 27.348. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó el recálculo de la prestación dineraria con la aplicación de la tasa de interés dispuesta por el decreto 669/19.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor demandó a Swiss Medicar ART S.A. solicitando la aplicación de la tasa de interés establecida en el art. 11 de la ley 27.348, según texto impuesto por el decreto 669/19. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó: 1) Recalcular la prestación dineraria de $874.094 conforme la variación del índice RIPTE desde la fecha del siniestro y hasta el momento de la liquidación del art. 132 de la LO; 2) Aplicar un interés puro del 6% anual entre iguales fechas; 3) Imponer las costas de ambas instancias a la parte demandada; 4) Regular los honorarios de las partes y el perito médico. El voto mayoritario consideró que la actualización por RIPTE debe operar sobre el ingreso base fijado a la fecha de la contingencia, hasta el momento de la intimación de pago, a fin de reflejar el desfasaje sufrido. Asimismo, al no prever la ley intereses moratorios, correspondía aplicar una tasa pura del 6% anual.

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