BARANDIARAN NORMA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó al ANSES abonar las diferencias de movilidad.
Reajuste de haber previsional
¿Qué se resolvió?
- Se confirma la actualización de remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial según doctrina de la CSJN.
- Se confirma la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 si se acredita una quita superior al 15%.
- Se rechaza el agravio de ANSES sobre la actualización de la Prestación Básica Universal.
- Se ordena a ANSES abonar las diferencias por movilidad entre lo percibido y lo que hubiera correspondido según la pauta suspendida, pero sólo para enero y febrero de 2021.
- El juez Fantini vota en disidencia respecto a la recomposición del haber en enero 2021.
Fundamentos principales:
- La CSJN en "Elliff" y "Blanco" confirmó el índice de la Resolución 140/95 de ANSES para actualizar remuneraciones.
- La Ley 26.417 establece un índice combinado para actualizaciones a partir de marzo 2009.
- La PBU debe actualizarse según la doctrina de la CSJN en "Badaro" y los aumentos posteriores.
- La aplicación de topes del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 puede generar confiscatoriedad.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: