JurisprudenciaARG
Corte Suprema

García, José y otros c/ PEN y otros s/ amparo ley 16.986.

Inadmisible el recurso directo contra la orden de inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos, cuyo fin es evitar la multiplicidad de procesos sobre una misma cuestión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 004878/2014/CS001
Proceso colectivo Registro publico de procesos colectivos Recurso directo Registro publico Debido proceso Multiplicidad de procesos Unificacion de tramite

¿Qué se resolvió en el fallo?

Inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos a fin de evitar multiplicidad de procesos

Inadmisible el recurso (Art. 257 bis CPCCN) - Recurso salto de instancia - Ausencia de requisitos - Procesos colectivos - Comunicación a los magistrados - Inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos - Acordada 32/2014 - Evitar multiplicidad de procesos - Garantía del debido proceso legal - Unificación de trámite - Tribunal que hubiere prevenido).

Normas que cita

  • CPCCNart. 257 bis · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada
  • Resolución 226/14
  • Resolución 2844/14
  • Ley 16.986

Fallos que cita

  • Municipalidad de Berazategui c/ Cablevisión S.A. s/ amparoCSJN · 23/09/2014

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