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Consumidores Financieros Asociación Civil p/ su defensa c/ Nación Seguros S.A. s/ ordinario

Los consumidores gozan de tutela preferencial y beneficio de justicia gratuita en sus acciones, no correspondiendo exigirles el depósito previsto en el art. 286 del CPCCN.

Recurso de queja Acceso a la justicia Defensa del consumidor Cpccn Interpretacion de la ley Consumidores Deposito Constitucion nacional Justicia gratuita Deposito previo Tutela preferencial Defensa de consumidores y usuarios Art 42 constitucion nacional

¿Qué se resolvió en el fallo?

Beneficio de justicia gratuita en la acciones de consumidores y el depósito previsto en art. 286 del CPCCN. Art. 42 de la Constitución Nacional
- Tutela preferencial a los consumidores que no cabe circunscribir al solo reconocimiento de ciertos derechos y garantías
- Necesidad de asegurar a los consumidores la posibilidad de obtener una tutela eficaz en las instancias judiciales
- Finalidad de la norma
- Tutela efectiva
- Evitación de obstáculos de índole económica que puedan comprometer el acceso a la justicia
- Procedencia del beneficio independientemente del resultado final del pleito
- No corresponde exigir el depósito previsto en el art. 286 del CPCC
- Se desestima la queja

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