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González, Marisa Graciela y otros c/ Estado Nacional - M° Justicia y Der. Hum. - Gendarmería Nacional s/ daños y perjuicios

La Corte Suprema de Justicia analiza la legitimación de los herederos no forzosos para reclamar por daño moral. La Corte declara la inconstitucionalidad del artículo 1078 del Código Civil anterior, ampliando el concepto de familia.

Dano moral Danos y perjuicios Recurso extraordinario Indemnizacion Valor vida Inconstitucionalidad Codigo civil Familia Principio de igualdad Igualdad Heredero forzoso Alterum non laedere Derecho a la vida Constitucion nacional Tratados internacionales Proteccion integral de la familia Derecho a una reparacion integral Principio de no danar a otro Herederos no forzosos

¿Qué se resolvió en el fallo?

Legitimación para el reclamo por daño moral Artículo 1078 del Código Civil anterior
- Herederos forzosos
- Constitucionalidad
- Situación del menor que convivía y recibía un trato familiar ostensible por parte del fallecido
- Mayoría: recurso extraordinario inadmisible (art. 280 CPCCN); Disidencias de los jueces Maqueda y Rosatti: Control de constitucionalidad de la norma en el caso concreto
- Razonabilidad
- Principio de igualdad
- Alcance del concepto de familia
- Se declara procedente el recurso extraordinario y se declara la inconstitucionalidad del art. 1078 del Código Civil

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