Granja Tres Arroyos S.A. c/ Mendoza, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el planteo de caducidad de instancia en un caso donde se había producido la totalidad de la prueba y solo faltaba la conclusión del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Interpretación restrictiva del instituto de la caducidad de instancia
Modo anormal de terminación del proceso
- Causa en la cual se ha producido la totalidad de la prueba y solo resta el procedimiento de conclusión de la causa para definitiva
- Improcedencia de presumir, frente a tal estado de los autos, un abandono de la instancia
- Se rechaza el planteo de caducidad
- Disidencia del Juez Rosenkrantz: el criterio restrictivo que debe seguirse en la aplicación del instituto de la caducidad de instancia es útil y necesario cuando existen dudas sobre la inactividad que se aduce, pero no cuando aquélla resulta manifiesta
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