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GRAJLAH, JUAN MATIAS c/ ZAPATA, GONZALO HUGO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió una demanda por mala praxis médica contra una obra social. La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la competencia de la justicia civil y comercial federal para entender en la causa.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Competencia federal en reclamos de mala praxis contra obras sociales En el marco de una demanda por la mala praxis médica se originó un conflicto negativo de competencia entre la justicia en lo civil nacional y la justicia en lo civil y comercial federal. La Corte declaró la competencia de esta última competencia de excepción para entender en la causa. Expresó que resulta accionada una obra social comprendida, en principio, en los términos de los artículos 1 y 2 de la ley 23.660 y 2, 15 y 38 de la ley 23.661 y en tanto el actor reclama por la falta de observación del deber de seguridad referente a la prestación médico asistencial a la que estaba obligada, el objeto de autos involucra la inteligencia de leyes federales.

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