ANDRES, JOSE ALBERTO c/ SECRETARIA DE AGROINDUSTRIA Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo contra la rescisión de su contrato de trabajo. La Cámara Federal revocó la sentencia y rechazó la acción por extemporánea.
Nulidad de la rescisión del contrato de trabajo y reincorporación
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar parcialmente al amparo y ordenado una indemnización. La Cámara consideró que el amparo era extemporáneo, ya que el actor había tomado conocimiento de la rescisión en octubre de 2018 y presentó la demanda en febrero de 2020, excediendo el plazo de 15 días hábiles establecido en la Ley de Amparo. Por ello, rechazó la acción de amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el plazo de caducidad de la acción de amparo es un requisito procesal esencial que no se cumplió en este caso, a pesar de que el actor alegaba derechos laborales relevantes. Indicó que el amparo es una vía excepcional que requiere urgencia, la cual no se evidenció aquí por la dilación en la presentación de la acción. Citó jurisprudencia consolidada sobre la aplicación estricta del plazo de caducidad de la Ley de Amparo.
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