ZAKOVICH, HECTOR HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio inicial. La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó calcular el haber inicial conforme a la Ley 27.609.
Reajuste del haber jubilatorio inicial
¿Qué se resolvió?
Se acoge parcialmente el recurso de apelación de ANSES. Se revoca la sentencia de primera instancia en lo relativo a la actualización del haber inicial, ordenándose que el mismo se calcule de acuerdo a lo previsto en la Ley 27.609. Se confirma en lo demás.
Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema en "Elliff" dispuso que la actualización del haber debe hacerse con el ISBIC hasta febrero 2009 y luego conforme Ley 26.417. Sin embargo, en el caso del actor, sus últimas 120 remuneraciones son posteriores a febrero 2009, por lo que resultan inaplicables los criterios del fallo "Elliff".
- Respecto a la Prestación Básica Universal (PBU), su eventual actualización debe evaluarse en etapa de liquidación, conforme criterio de la CSJN en "Quiroga".
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