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ZAKOVICH, HECTOR HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio inicial. La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó calcular el haber inicial conforme a la Ley 27.609.

Movilidad Reajuste jubilatorio Pbu Ley 27 609 Ley 26 417 Isbic Haber inicial

Reajuste del haber jubilatorio inicial

¿Qué se resolvió?

Se acoge parcialmente el recurso de apelación de ANSES. Se revoca la sentencia de primera instancia en lo relativo a la actualización del haber inicial, ordenándose que el mismo se calcule de acuerdo a lo previsto en la Ley 27.609. Se confirma en lo demás. Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema en "Elliff" dispuso que la actualización del haber debe hacerse con el ISBIC hasta febrero 2009 y luego conforme Ley 26.417. Sin embargo, en el caso del actor, sus últimas 120 remuneraciones son posteriores a febrero 2009, por lo que resultan inaplicables los criterios del fallo "Elliff".
- Respecto a la Prestación Básica Universal (PBU), su eventual actualización debe evaluarse en etapa de liquidación, conforme criterio de la CSJN en "Quiroga".

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