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TORRILLA, BRIAN EZEQUIEL c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad laboral derivada de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció una nueva forma de cálculo de los intereses.

Accidente de transito Incapacidad laboral Incapacidad psicologica Ley 27 348 Intereses ripte


¿Quién es el actor?

Brian Ezequiel Torrilla

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestionar la resolución de la Comisión Médica que determinó que no tenía incapacidad permanente.

¿Qué se resolvió?

La sentencia de primera instancia revocó la resolución de la Comisión Médica y consideró acreditada una incapacidad del 23,13%, incluyendo un 10% por secuelas psicológicas. La Cámara confirmó lo resuelto en primera instancia, excepto en lo relativo al cálculo de intereses, estableciendo que se aplique la tasa RIPTE hasta la fecha de puesta a disposición de la indemnización y recién en caso de mora la tasa activa del Banco Nación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal señaló que no correspondía cuestionar la pericia médica que acreditó la incapacidad psicológica, ya que la demandada aceptó los términos de producción de dicha pericia. Respecto a los intereses, consideró que resulta aplicable el decreto 669/2019 que establece la tasa RIPTE.

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