GONZALEZ, MARIANO JAVIER c/ CLUB ATLETICO PLATENSE s/DESPIDO
Demanda por despido laboral contra club deportivo. La Cámara de Apelaciones confirmó la relación de dependencia y el despido indirecto.
Despido laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que consideró acreditada la existencia de una relación laboral entre las partes y condenó al club por el despido indirecto del actor. La Cámara señaló que ante el reconocimiento de la prestación de servicios por parte del club, resulta aplicable la presunción del art. 23 de la LCT, la cual no fue desvirtuada. Asimismo, la Cámara consideró aplicable la presunción del art. 55 de la LCT respecto a la remuneración y extensión del vínculo, al no haberse acreditado elementos para desvirtuar dicha presunción. Por último, la Cámara revisó la cuestión de los intereses, declarando la inconstitucionalidad de las leyes que limitaban su cálculo, debiendo actualizarse el crédito según el IPC más una tasa de interés pura del 3% anual.
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