Logo

GASSER, HECTOR FERNANDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor recurrió los intereses fijados y los honorarios regulados. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia aumentando la actualización del crédito y los honorarios profesionales.

Intereses Recurso de apelacion Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Honorarios profesionales Camara nacional de apelaciones del trabajo

Accidente
- Ley Especial

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso. Dispuso que el capital de condena se actualice por RIPTE más una tasa de interés pura del 6% anual hasta la fecha de la liquidación. A partir de entonces, se aplicará el interés previsto en el art. 12 de la ley 24.557 (tasa activa del Banco Nación). Además, modificó los honorarios profesionales. Fundamentos relevantes:
- La valorización de los créditos por accidentes de trabajo debe hacerse con ajuste al DNU 699/19, que establece la actualización por RIPTE y la adición de intereses del 6% anual.
- El mecanismo de cálculo (RIPTE más 6% anual) debe aplicarse hasta la fecha de la liquidación en etapa de ejecución. Luego, corresponde el interés previsto en el art. 12 ley 24.557 (tasa activa Banco Nación) en caso de mora.
- La Cámara adoptó el criterio mayoritario de esta Sala en precedentes como "Saravia", "Gatti" y "Ruiz".

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar