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SALAZAR GRACIELA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió demanda de amparo para obtener la declaración de inconstitucionalidad de las normas que le impiden acceder a la moratoria previsional al exigir el pago en un único pago. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el rechazo de la acción de amparo al considerar que la normativa define las condiciones para el otorgamiento de la moratoria.

Inconstitucionalidad Vulnerabilidad Igualdad Moratoria previsional Haber previsional minimo

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Graciela Salazar, es beneficiaria de un haber de pensión que supera el mínimo jubilatorio. Promovió una acción de amparo para obtener la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 y 12 de la Ley 27.705 -Plan de Pago de Deuda Previsional-, de la Resolución General Conjunta AFIP-ANSES 5345/2023 y de la Circular PREV. ANSES 11-71/23, al considerar que le impiden el acceso al beneficio de jubilación ordinaria. La Cámara Federal de la Seguridad Social consideró que la Ley 27.705 establece un régimen excepcional y transitorio, dirigido a personas en situación de vulnerabilidad, por lo que las condiciones de otorgamiento de la moratoria deben interpretarse de manera restrictiva. Señaló que la actora percibe una prestación contributiva por encima del mínimo legal, por lo que la exigencia de pago en un único pago no vulnera el principio de igualdad ni constituye una arbitrariedad. Por ello, confirmó el rechazo de la acción de amparo. En disidencia, uno de los jueces consideró que la imposición del pago en único pago a una beneficiaria con un haber escasamente superior al mínimo resulta inconstitucional, al impedir el acceso a la moratoria en un contexto de vulnerabilidad socioeconómica.

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