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DOMINGUEZ LIDIA DORA c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La actora demandó a ANSES por diferencia del haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

Inconstitucionalidad Discriminacion Jubilacion Seguridad social Haber minimo garantizado Regimen previsional publico

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante, Lidia Dora Domínguez, reclamó a ANSES el pago de la diferencia del haber mínimo garantizado por ley. El tribunal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Señaló que el derecho a una jubilación digna que permita la subsistencia surge de la Constitución Nacional, por lo que resulta arbitrario y discriminatorio el reconocimiento del haber mínimo a unos beneficiarios y negárselo a otros dentro del sistema previsional unificado. Indicó que la aplicación del art. 27 de la ley 24.241 que excluye el financiamiento del régimen público para los nacidos con posterioridad a 1963 es contraria a la intención del legislador plasmada en el art. 125 de dicha ley, que establece la garantía del haber mínimo sin distinciones. Por lo tanto, confirmó la sentencia que ordenó a ANSES abonar la diferencia del haber mínimo garantizado a la actora.

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