MANENT, PATRICIO EZEQUIEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó a la ART por un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia para aplicar el régimen de intereses dispuesto en el Decreto 669/2019.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Patricio Ezequiel Manent, demandó a la ART Galeno S.A. por un accidente de trabajo ocurrido el 11/02/2019. La jueza de primera instancia aplicó los intereses previstos en el art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo, pero la Cámara decidió modificar esa solución. La Cámara consideró que el Decreto 669/2019, que modificó el régimen de intereses de la LRT, es una norma de integración que debe aplicarse a este caso por ocurrir con posterioridad a la reforma introducida por la Ley 27.348. En consecuencia, estableció que los intereses deben calcularse desde la fecha del accidente (11/02/2019) hasta la liquidación final, aplicando la tasa de variación RIPTE, y solo en caso de mora la tasa activa del Banco Nación. Fundamentó su decisión en que el decreto 669/2019 busca encuadrar los montos indemnizatorios dentro de niveles acordes a la naturaleza de los daños, respetando los objetivos de certidumbre, proporcionalidad y razonabilidad de las indemnizaciones. Por ello, consideró que la aplicación de lo dispuesto en la Resolución SRT 1039/19 (que establece un único ajuste RIPTE) implicaría una licuación del crédito, deviniendo en un exceso reglamentario.
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