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GONZALEZ CAYETANO ROBERTO c/ OBRAS Y SUMINISTROS AEA S.A. s/DESPIDO

Trabajador reclamó créditos laborales y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando la tasa de interés aplicada.

Despido Salarios adeudados Multa art 80 lct Intereses cer Multa art 18 ley 22 250

Cobro de diversos créditos laborales (multa art. 18 Ley 22.250, multa y entrega de certificados art. 80 LCT, SAC Proporcional, vacaciones Proporcionales, salarios adeudados)

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia, excepto en lo referido a la tasa de interés, la cual se modificó para aplicar exclusivamente el CER desde la exigibilidad del crédito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La multa del art. 18 Ley 22.250 impuesta en primera instancia fue razonable y se ajustó a los parámetros legales.
- La falta de entrega de certificados con datos verídicos de la relación laboral justificó la multa del art. 80 LCT.
- No se acreditó el pago de los rubros SAC Proporcional, vacaciones Proporcionales y salarios adeudados.
- Respecto a los intereses, se aplicará exclusivamente el CER desde la exigibilidad del crédito, conforme jurisprudencia de la Sala.

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