DNM c/ OJEDA LUCANA, LENNY PATRICIA-EXPTE 78157199/22 s/PROCESO DE EJECUCION
La Dirección Nacional de Migraciones ejecuta multa contra la Sra. Ojeda Lucana, pero la Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.
¿Quién es el actor?
Dirección Nacional de Migraciones (DNM)
¿A quién se demanda?
Lenny Patricia Ojeda Lucana
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de multa de $5.625.000 impuesta por la DNM
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la incompetencia del juzgado de primera instancia y ordena remitir las actuaciones a la Justicia Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias.
Los fundamentos principales son:
- La Cámara entiende que las ejecuciones fiscales para cuyo tratamiento se crearon los nuevos tribunales de ejecuciones fiscales abarcan no solo las obligaciones tributarias, sino también sanciones administrativas pecuniarias que constituyen recursos del erario público, como es el caso de las multas aplicadas por la DNM.
- Citan precedentes jurisprudenciales de otras Salas que han sostenido la misma interpretación.
- Consideran que no se han expuesto en el recurso de apelación razones concretas que justifiquen distinguir entre obligaciones tributarias y otras sanciones administrativas pecuniarias en cuanto a la competencia de los juzgados de ejecuciones fiscales.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: