MELE, PEDRO (SUMARISIMO) c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El jubilado demandó para cesar la retención del impuesto a las ganancias sobre su haber previsional. La Cámara reconoció su derecho al cese de la retención y al reintegro de las sumas retenidas, con algunas precisiones sobre el alcance temporal.
Cese de retención del impuesto a las ganancias sobre su haber previsional y reintegro de sumas retenidas
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, reconociendo el derecho del actor al cese de la retención y al reintegro de las sumas retenidas, pero limitando la retroactividad al período en que el actor tenía 60 años o más, de acuerdo a los lineamientos de la Convención Interamericana sobre los Derechos de las Personas Mayores. La Cámara recordó el precedente "García" de la Corte Suprema, que había declarado la inconstitucionalidad de las normas que imponían el impuesto a las ganancias sobre jubilaciones mínimas, por vulnerar el principio de igualdad y el deber de protección especial a las personas mayores. Aplicó ese criterio al caso del Sr. Mele, por tratarse de un jubilado en similar situación de vulnerabilidad. En cuanto a las costas, las impuso en el orden causado, siguiendo también el criterio de la Corte Suprema en el precedente "García".
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