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IMPUTADO: FELICI , EMILIANO RAFAEL Y OTRO s/INFRACCION LEY 26.485 y AVERIGUACION DE DELITO DAMNIFICADO: FELICI , ROMINA FERNANDA Y OTRO

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechaza el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía, pero habilita a la víctima a acceder a la determinación de la verdad de los hechos denunciados.

Interes superior del nino Violencia de genero Acceso a la justicia Abuso sexual Prescripcion penal Derecho a la verdad


¿Quién es el actor?

Fiscal General

¿A quién se demanda?

E. R. F. y Fernando Elorz

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Infracción a la Ley 26.485 (violencia contra la mujer)

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía, confirmando la decisión que había declarado extinguida la acción penal por prescripción. Sin embargo, se habilita a la víctima a acceder a la determinación de la verdad de los hechos denunciados. Los principales fundamentos son:
- La ley más benigna al momento de los hechos era la Ley 25.990, por lo que no corresponde aplicar retroactivamente las leyes penales más gravosas.
- Pero el interés superior del niño y el derecho a la verdad de la víctima, conforme a la Convención de los Derechos del Niño y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, obligan a habilitar una instancia jurisdiccional para la determinación de la verdad, aun ante la prescripción de la acción penal.

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