RODRIGUEZ, ANDRES c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
El actor impugnó modificaciones en el cálculo del suplemento por antigüedad de servicios. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó el rechazo de la demanda, al considerar que no existe un derecho adquirido a que el haber jubilatorio se calcule siempre bajo las mismas reglas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Andrés Rodríguez Demandado: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Objeto: Impugnación del decreto 586/19 y la resolución 607/19 que modificaron la forma de cálculo del suplemento por antigüedad de servicios (SAS). La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Consideró que, conforme a la doctrina de la CSJN, no existe un derecho adquirido al mantenimiento de las mismas reglas de cálculo del haber jubilatorio, y que en el caso los haberes nominales del actor no se habían visto disminuidos, sino incrementados. Citas relevantes: "En materia de beneficios previsionales el derecho adquirido lo es a que se respete la situación del jubilado o retirado, y no a que el haber siga siendo determinado por las mismas reglas vigentes al tiempo de concederse el beneficio, ya que nadie tiene un derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentación o a la inmovilidad normativa". "Como regla no hay óbice para un cambio de las pautas aplicables al cálculo del haber jubilatorio, inclusive cuando de ello derive su reducción".
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