D., M. c/ EN-M INTERIOR OP Y V-CONARE s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara declara desierto el recurso de apelación interpuesto contra la caducidad de instancia decretada en primera instancia.
¿Quién es el actor?
DIAO, MODOU
¿A quién se demanda?
EN-M INTERIOR OP Y V-CONARE
- Objeto de la demanda: Proceso de conocimiento
- Decisión del tribunal: La Cámara declara la nulidad de lo actuado por el gestor (Defensora Pública Coadyuvante) al no haber presentado el poder ni la ratificación de su gestión dentro del plazo legal, teniendo por no presentado el recurso de apelación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El art. 48 del CPCCN establece que si dentro de los 40 días hábiles desde la primera presentación del gestor no se acompañan los instrumentos que acrediten la personería, se producirá la nulidad de lo actuado por el gestor, sin necesidad de intimación previa.
- La gestión procesal del art. 48 tiene carácter excepcional, y la parte tiene la carga de ratificar la gestión o acreditar la representación en el plazo legal.
- Al vencer el plazo sin el cumplimiento de esos recaudos, corresponde declarar la nulidad de lo actuado y tener por no presentado el recurso de apelación.
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