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ACUÑA, SILVANA LEONOR c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora reclamó indemnización por accidente de trabajo y la Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena pero aumentándolo en lo relativo a la actualización por índice RIPTE.

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Indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 15/12/2022 camino al trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena a $636.147,13 por secuelas físicas, pero confirmando la inclusión de un porcentaje por daño psicológico. Ordenó la actualización del ingreso base mensual por índice RIPTE y de los intereses. Fundamentos principales:
- El informe pericial no probó adecuadamente la existencia y relación causal de un daño psicológico, por lo que corresponde excluir ese rubro de la condena.
- Corresponde aplicar los factores de ponderación previstos en la normativa, incluyendo el factor edad.
- Respecto a la actualización, si bien se discute la aplicación del DNU 669/19, el criterio adoptado es el de mantener la actualización por RIPTE pero aplicando intereses del 3% anual en caso de mora.

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