COOP. DE TRABAJO LA PERMANENTE LTDA. c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMP. Y SEGURIDAD SCIAL s/IMPUGNACION DE DEUDA
La Cooperativa de Trabajo La Permanente Ltda. impugnó una multa impuesta por el Ministerio de Trabajo. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la resolución administrativa que aplicó la sanción.
¿Quién es el actor?
Cooperativa de Trabajo La Permanente Ltda.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
- Objeto de la demanda: Impugnación de una multa impuesta por el Ministerio por infracción al art. 40 de la ley 11.683.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la resolución administrativa que aplicó la multa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El inspector del Ministerio constató que el trabajador Sr. Ramírez prestaba servicios propios del giro de la Cooperativa, declarando su fecha de ingreso, remuneración, días y horas de trabajo, lo que permite presumir la existencia de un vínculo laboral (art. 23 LCT).
- El mero cumplimiento de requisitos formales como la inscripción de la Cooperativa y percepción de "anticipos de retorno" no es suficiente para descartar la posibilidad de que la verdadera naturaleza del vínculo sea de dependencia laboral, si el trabajador no ha tenido efectiva injerencia en la formación de la voluntad social.
- No se acreditó la debida distribución de excedentes entre los socios, siendo fundamental este criterio en las cooperativas de trabajo para que exista una genuina relación cooperativa y no un contrato de trabajo encubierto.
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