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EN - M ECONOMIA (SEC DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO) c/ TELECENTRO SA s/PROCESO DE EJECUCION

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias para entender en la ejecución de multas administrativas.

Ejecucion fiscal Multa administrativa Ley de defensa del consumidor Competencia Eficiencia judicial


- Actor: M Economía (Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo)
- Demandado: Telecentro SA
- Objeto: Ejecución de multa administrativa por infracción a la Ley de Defensa del Consumidor
- Decisión: La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la incompetencia del fuero Contencioso Administrativo Federal, determinando que los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias son competentes para ejecutar las multas administrativas adeudadas a la Administración Pública Nacional.
- Fundamentos: La Cámara señaló que la Ley 25.293 otorgó competencia específica a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias para entender en ejecuciones de créditos originados en multas adeudadas a la Administración Pública Nacional, sin distinción entre entidades centralizadas o descentralizadas. Esto se funda en razones de política judicial orientadas a la eficiencia de la gestión judicial. Además, la Defensoría Pública Oficial ha reconocido la competencia de estos juzgados para defender al Estado Nacional en todas las causas de ejecución de créditos públicos.

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