GODOY, OSCAR ORLANDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trayecto sufrido cuando se dirigía a su trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó cuantificar la acreencia conforme al régimen de actualización previsto en la Ley de Riesgos del Trabajo.
Incapacidad psicofísica por accidente de trayecto ocurrido el 22/03/2023
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la aplicación del principio de capacidad restante para determinar la incapacidad indemnizable en 16%. Pero modificó el régimen de intereses y actualización del capital, disponiendo que se aplique el mecanismo de la Ley de Riesgos del Trabajo según el texto del Decreto 669/19.
Fundamentos relevantes:
- La aplicación del principio de capacidad restante es adecuada dado que el actor tenía una preexistencia por accidente anterior.
- El régimen de actualización por RIPTE y aplicación de interés puro del 6% anual es el correcto, conforme al criterio sentado por la Sala en precedentes.
- Esto permite obtener un valor actualizado de la indemnización, acorde a la noción de "deudas de valor" del Código Civil.
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