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GODOY, OSCAR ORLANDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trayecto sufrido cuando se dirigía a su trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó cuantificar la acreencia conforme al régimen de actualización previsto en la Ley de Riesgos del Trabajo.

Incapacidad psicofisica Accidente de trayecto Actualizacion por ripte Interes puro Principio de capacidad restante

Incapacidad psicofísica por accidente de trayecto ocurrido el 22/03/2023

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la aplicación del principio de capacidad restante para determinar la incapacidad indemnizable en 16%. Pero modificó el régimen de intereses y actualización del capital, disponiendo que se aplique el mecanismo de la Ley de Riesgos del Trabajo según el texto del Decreto 669/19. Fundamentos relevantes:
- La aplicación del principio de capacidad restante es adecuada dado que el actor tenía una preexistencia por accidente anterior.
- El régimen de actualización por RIPTE y aplicación de interés puro del 6% anual es el correcto, conforme al criterio sentado por la Sala en precedentes.
- Esto permite obtener un valor actualizado de la indemnización, acorde a la noción de "deudas de valor" del Código Civil.

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