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D., A. c/ A., J. R. Y OTROS s/EJECUCION ESPECIAL LEY 24.441

El ejecutante apeló la imposición de costas de una incidencia. La Cámara modificó la decisión y ordenó imponer las costas a los letrados ejecutantes perdidosos.

Costas Acceso a la justicia Ejecucion especial Persona con discapacidad Defensa publica


¿Quién es el actor?

El ejecutante A. D.
- Demandados: J. R. A. y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución especial ley 24.441

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la resolución de primera instancia que imponía las costas de una incidencia al ejecutante en el orden causado. Revocó esa decisión y ordenó imponer las costas a los letrados ejecutantes perdidosos. Fundamentos principales:
- El artículo 68 del CPCCN establece el principio objetivo de la derrota para la imposición de costas, salvo que el juez encuentre mérito para eximirlo total o parcialmente.
- En el caso, no concurrían razones objetivas que pudieran haber generado en los letrados incidentistas la creencia de estar legitimados para litigar en los términos en que lo hicieron. La mera expectativa o creencia subjetiva no es suficiente para eximirlos del pago.
- Por otro lado, la Cámara revocó la resolución que dispuso intimar de pago a la codemandada V.A.B. en el domicilio de la Defensoría Pública Oficial. Ordenó librar la intimación a su domicilio real, en atención al modelo social de la discapacidad y el reconocimiento de la dignidad y centralidad de la persona con discapacidad, conforme lo dispuesto en la sentencia de restricción a su capacidad.

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