RODRIGUEZ HERNANDEZ, GRACIELA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La actora reclamó el reajuste de su haber de pensión. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la declaración de inconstitucionalidad de la norma impugnada y mantuvo la exención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos.
Reajuste del haber de pensión derivada
¿Qué se resolvió?
Se confirma la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y se mantiene la exención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos. La Cámara consideró que, si bien la actora adquirió el derecho de pensión con posterioridad a la sanción de la Ley 27.426, el beneficio deriva de la jubilación previa de su causante, la cual se encontraba regida por la Ley 26.417. Por lo tanto, corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 efectuada por el juez de primera instancia. Respecto a la exención del impuesto a las ganancias, la Cámara consideró que los retroactivos, al constituir actualizaciones monetarias del haber, se encuentran exentos en virtud del art. 20 inc. v) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, más allá de que ANSES sea un mero agente de retención.
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