CIMA, JUAN RAMON Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL s/REAJUSTES VARIOS
Personal militar retirado y pensionado reclama que el suplemento por zona sea considerado remunerativo y bonificable en el haber de retiro. La Cámara revoca parcialmente la sentencia y rechaza el reclamo.
Que el suplemento por "zona" (Resolución del Ministerio de Defensa 1459/93) sea considerado remunerativo y bonificable en el haber de retiro y pensión
¿Qué se resolvió?
Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al reclamo. La Cámara rechaza el reclamo, siguiendo los criterios de los fallos "Bovari de Díaz" y "Villegas, Osiris" de la Corte Suprema, que establecieron que el suplemento por zona no debe computarse para el haber de retiro por no tener carácter general.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario y ordenó a la Cámara dictar un nuevo fallo de acuerdo a los lineamientos de los fallos citados. Estos establecen que el suplemento por zona no ha sido otorgado con carácter generalizado, por lo que no debe ser computado para determinar el haber de retiro.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: