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BARBITTA, MONICA EMILIA c/ OSMECON SALUD s/AMPARO LEY 16.986

La actora apeló la sentencia que rechazó su reclamo contra los aumentos unilaterales de su prepaga. La Cámara Federal modificó la decisión y admitió la acción al considerar irrazonables los incrementos.

Medicina prepaga Salud publica Razonabilidad Regulacion estatal Proteccion de usuarios Aumentos


¿Quién es el actor?

Mónica Emilia Barbitta

¿A quién se demanda?

Osmecon Salud (empresa de medicina prepaga)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnar los aumentos unilaterales en las cuotas de la prepaga.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y admitió la acción de la actora. Señaló que los aumentos dispuestos por la prepaga no son razonables y contradicen la normativa de protección a usuarios y consumidores. Resaltó que la actividad de las empresas de medicina prepaga está sujeta al control estatal por su función social y de salud pública.
- Fundamentos relevantes: (i) La cuestión mantiene actualidad y virtualidad, justificando un pronunciamiento. (ii) Los incrementos dispuestos por la prepaga no son razonables y contradicen la normativa de protección de usuarios. (iii) El Estado debe regular y fiscalizar la actividad de las empresas de medicina prepaga, que cumplen una función social vinculada a la salud pública.

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