COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES c/ ESTADO NACIONAL s/AMPARO LEY 16.986
El Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Corrientes promovió acción de amparo contra el Estado Nacional. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes declaró la nulidad de la sentencia de primera instancia por incumplimiento de los recaudos procesales exigidos para las acciones colectivas.
¿Quién es el actor?
Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Corrientes
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestionar la constitucionalidad de los arts. 14 inc. 1), segundo párrafo y 20 inc. 17) de la ley 25.246, modificada por ley 27.739, que imponen a los abogados el deber de reportar a la UIF, así como la constitucionalidad de la resolución N° 48/24 de dicho organismo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones declaró la nulidad de oficio de las actuaciones desde la etapa posterior al traslado de la demanda, ordenando al juez de primera instancia que dé cumplimiento a los recaudos procesales establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para la tramitación de acciones colectivas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el juez de primera instancia no había examinado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de la acción colectiva establecidos por la jurisprudencia de la Corte Suprema en el precedente "Halabi", lo cual afectaba la garantía del debido proceso. Por ello, correspondía declarar la nulidad de las actuaciones, a fin de que el juez de grado inferior se ajuste a las disposiciones procesales aplicables.
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