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PERSECHINI, SERGIO LUIS c/ MOST S.A. Y OTRO s/DESPIDO

Trabajador demanda a su empleador directo y a EDENOR S.A. por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la sentencia que condenó solidariamente a EDENOR S.A. en los términos del art. 30 de la LCT.

Intereses Responsabilidad solidaria Despido Contratista Subcontratista Actividad principal

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que condenó solidariamente a EDENOR S.A. en los términos del art. 30 de la LCT. La Cámara consideró que la actividad de MOST S.A. (perforación, instalación y mantenimiento de postes, excavaciones, tendido de líneas, etc.) no puede ser considerada ajena a la actividad principal de EDENOR S.A. de distribución de energía eléctrica, por lo que EDENOR S.A. es responsable solidaria. También confirmó las indemnizaciones por despido indirecto y sanciones de la Ley de Empleo. Respecto a los intereses, la Cámara siguió el criterio establecido en el fallo "Mansilla" donde declaró la inconstitucionalidad de las tasas de interés vigentes por considerarlas insuficientes para cumplir una función resarcitoria, pero aplicó el criterio de la sentencia apelada por no implicar una reformatio in pejus.

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