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CONDE MERCHAN, DIANA MARIA c/ CELU SERVICE S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido injustificado contra su ex empleadora y otras demandadas. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y ratificó la procedencia de las indemnizaciones laborales reclamadas.

Testigo unico Presuncion Solidaridad Remuneracion Despido Registro laboral


¿Quién es el actor?

Diana María Conde Merchán
- Demandados: Celu Service S.R.L., Telefónica Móviles Argentina S.A., Carlos Gastón de la Vega y María Florencia de la Vega

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido injustificado, con cuestionamiento a la fecha de ingreso y remuneración denunciada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que había tenido por acreditada la fecha de ingreso y remuneración denunciada por la actora, amparada en la presunción del art. 55 LCT y en las pruebas aportadas. Asimismo, confirmó la condena solidaria a las demandadas en los términos del art. 30 LCT. Rechazó el reclamo de la indemnización del art. 132 bis LCT. Fundamentos principales:
- La demandada Celu Service S.R.L. quedó en situación procesal desfavorable por no exhibir los registros laborales previstos en los arts. 52 y 54 LCT, por lo que correspondía tener por acreditada la fecha de ingreso y remuneración denunciada por la actora.
- El testimonio del testigo Cabral, si bien único, resultó suficientemente objetivo y verosímil para acreditar la incorrecta registración de la actora.
- Telefónica Móviles Argentina S.A. resultó solidariamente responsable por la actividad normal y específica desarrollada por la actora en el establecimiento de Celu Service S.R.L., en los términos del art. 30 LCT.

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