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L; M. P. c/ OSDOP s/AMPARO LEY 16.986

La parte demandada apeló los honorarios regulados a la abogada de la parte actora. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó los honorarios fijados en primera instancia.

Honorarios Apelacion Ley 27 423 Amparo


¿Quién es el actor?

M. P. L.

¿A quién se demanda?

OSDOP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo
- Ley 16.986

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y confirmó los honorarios regulados en primera instancia a la letrada de la parte actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que los honorarios regulados por el juez de primera instancia se ajustaban a derecho, de acuerdo a lo establecido en los arts. 15, 16, 19, 48, 51 y concordantes de la Ley 27.423, valorando la labor profesional realizada, su extensión y resultado obtenido, la complejidad e importancia del juicio, el motivo, calidad jurídica del trabajo, la trascendencia del pleito y el tiempo empleado en la solución del litigio.

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