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ADEJA, MARIA CANDELA c/ OSDEPYM s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Apelaciones revoca la declaración de abstracción del caso y ordena a la obra social la cobertura total de los insumos médicos necesarios para el menor con discapacidad.

Derecho a la salud Personas con discapacidad Cobertura de obra social Silla de ruedas Accion de amparo Andador

La actora, en representación de su hijo menor con discapacidad, promovió acción de amparo contra OSDEPYM a fin de que se ordene la cobertura total de una silla de traslado y un andador indicados por los profesionales. En primera instancia, se ordenó la medida cautelar para la provisión de los insumos, decisión confirmada en apelación. Posteriormente, el juez de grado declaró abstracto el objeto del amparo, al considerar que se había dado cumplimiento a la manda cautelar. La Cámara Federal revocó dicha declaración de abstracción, entendiendo que restaba un pronunciamiento definitivo sobre el derecho reclamado. En tal sentido, consideró que la conducta de la obra social lesionó el derecho constitucional a la salud de la amparista, por lo que correspondía hacer lugar a la acción de amparo y ordenar la cobertura de los insumos médicos indicados.

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