VILLALBA ONELIO HUMBERTO c/ EXPERTA ART S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y dispuso la actualización y liquidación de los montos indemnizatorios según la variación del índice RIPTE más un interés puro del 6% anual.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que el capital nominal de condena sea actualizado conforme a la variación del índice RIPTE más un interés puro del 6% anual. Fundamentó que la aplicación del Acta CNAT 2764 que disponía una capitalización periódica de intereses había sido descalificada por la CSJN por resultar desproporcionada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La CSJN descalificó el Acta CNAT 2764 que disponía una capitalización periódica de intereses por resultar el resultado económico desproporcionado.
- Ante la imposibilidad de aplicar ese sistema, corresponde aplicar la actualización por RIPTE más interés puro del 6% anual, con una reducción del 40% de los accesorios para ajustarlos a los lineamientos de la CSJN.
- El decreto 669/19 que estableció la actualización por RIPTE en la Ley de Riesgos del Trabajo es válido y aplicable, en tanto constituye una mejora de las prestaciones amparada por la facultad otorgada al Poder Ejecutivo en el art. 11.3 de la LRT.
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