Logo

MARTINEZ MARTICORENA, SOFIA c/ MORALI S.A. s/DESPIDO

La trabajadora demandó por despido y la Cámara modificó la sentencia de primera instancia al determinar que la empleadora había cancelado los créditos laborales reclamados.

Honorarios Equidad Despido Recibos de pago Creditos laborales Certificados art 80 lct


¿Quién es el actor?

Sofia Martinez Marticorena

¿A quién se demanda?

Morali S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia, salvo en la imposición de costas, al tener por acreditada la cancelación de los créditos laborales reclamados por la trabajadora, en base a los recibos firmados por ella y los certificados previstos en el art. 80 LCT puestos a disposición. También modificó el monto de honorarios regulados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El reconocimiento de firma por el trabajador implica el reconocimiento del contenido del documento, por lo que los recibos de pago acreditan la cancelación de créditos laborales.
- La pericia contable no puede suplir los recibos de pago para acreditar la cancelación.
- La empresa cumplió con la entrega de los certificados del art. 80 LCT, por lo que no corresponde la multa.
- La equidad justifica la imposición de costas pese a la modificación de la sentencia, atendiendo al carácter alimentario del crédito.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar