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GARAY, ANGEL FAUSTINO c/ CLARIDGE HOTEL S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido incausado contra Claridge Hotel S.A. y Gestión Laboral S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia y condenó a las demandadas al pago de las indemnizaciones por despido.

Indemnizaciones laborales Ley 24 013 Despido incausado Ley 25 323 Art 29 lct Contrato de trabajo eventual Solidaridad empresarial

Indemnizaciones por despido incausado

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que encuadró la relación laboral en el art. 29 de la LCT, considerando a Claridge Hotel S.A. como el verdadero empleador. Por ello, condenó a las demandadas al pago de las indemnizaciones derivadas del despido incausado, los agravamientos previstos en las leyes 25.323 y 24.013, y la compensación del art. 80 LCT. La Cámara desestimó los agravios de las demandadas, indicando que no acreditaron los requisitos para encuadrar el vínculo como un contrato de trabajo eventual. Además, confirmó la procedencia de los intereses sobre los créditos adeudados.

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