ENCINA, LEONCIO MARINO (2) c/ CASA VAQUER S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y reconoció al trabajador el derecho a recibir indemnizaciones por deficiente registro de la antigüedad.
Despido
¿Qué se resolvió?
Se revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. La Cámara determinó que, si bien no se probó la fecha de ingreso alegada por el actor, correspondía reconocerle una antigüedad a partir del 1/9/1997 en base a la prueba documental. Por ello, ordenó el pago de las indemnizaciones por despido, diferencias salariales y multas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La prueba testimonial carecía de validez por ser declaraciones de trabajadores en similar situación de informalidad laboral y por el prolongado tiempo transcurrido.
- Correspondía aplicar la presunción del artículo 9 de la LCT ante la falta de registración correcta de la antigüedad.
- Se hizo lugar al reclamo de entrega de certificados de trabajo y multa del artículo 80 LCT.
- Se rechazó la aplicación de la multa del artículo 132 bis LCT por aplicación retroactiva de la ley penal más benigna.
- Se extendió la responsabilidad solidaria a la socia gerente de la empresa.
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