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NIEVA, NESTOR c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El trabajador reclamó indemnización por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y estableció pautas sobre actualización e intereses del monto indemnizatorio.

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Indemnización por accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia estableciendo que el monto de condena deberá ajustarse al momento de la liquidación conforme al índice RIPTE más una tasa de interés del 6% anual hasta esa fecha, y luego aplicar la tasa activa cartera general del Banco Nación con capitalización semestral en caso de mora del deudor. Confirmó los honorarios de peritos. Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema ha establecido el carácter vinculante de su doctrina, por lo que corresponde receptar el reclamo sobre intereses en línea con el precedente "Lacuadra".
- Si bien en casos previos propuso la aplicación de la tasa del acta 2658, dado el criterio mayoritario de la Sala de aplicar RIPTE más 6%, por razones de economía procesal adoptará dicho criterio.
- La Dra. Craig considera que dicha actualización e intereses deben aplicarse desde el accidente hasta la liquidación, y luego la tasa activa del Banco Nación con capitalización en caso de mora.
- La Dra. Vazquez adhiere al voto de la Dra. Craig por coincidir con el criterio seguido en previos precedentes de la Sala.

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