SWARYCZEWKI, WALTER HORACIO c/ BOXMARK LEATHER S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y condenó a la empleadora al pago de indemnizaciones y entrega del certificado de trabajo.
Despido incausado, multa art. 80 y 132 bis LCT, entrega de certificados de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Condenó a la empleadora a pagar $921.987,45 en concepto de indemnizaciones, con accesorios. Asimismo, la condenó a entregar el certificado de trabajo previsto en el art. 80 LCT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal consideró que la empleadora incumplió con la obligación de entregar los certificados de trabajo en el plazo legal, por lo que correspondía hacer lugar a la multa del art. 80 LCT.
- En cambio, rechazó la multa del art. 132 bis LCT por falta de intimación en los términos del Decreto 146/01.
- Aplicó el reajuste por inflación mediante el IPC y un interés del 3% anual.
- Impuso las costas a la demandada.
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