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BENITEZ, DARIO EZEQUIEL c/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó la actualización del crédito mediante el Índice de Precios al Consumidor y una tasa de interés del 3% anual.

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Accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación y ordenó actualizar el crédito mediante el IPC más una tasa del 3% anual. Confirmó lo demás decidido en primera instancia. Fundamentos relevantes:
- La prohibición de indexación establecida en las leyes 23.928 y 25.561 conduce a la licuación del crédito del trabajador, vulnerando los arts. 14 bis y 17 de la Constitución Nacional.
- Corresponde declarar la inconstitucionalidad de oficio de dichas normas, en tanto la situación fáctica excepcional escapa a sus previsiones.
- La actualización mediante el IPC más 3% anual constituye un arbitrio razonable que contempla una ponderación objetiva de la realidad económica.

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