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VIA, SILVANA ANALIA c/ ASOCIART S.A. ART s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó recalcular el capital de condena aplicando el decreto 669/2019 más una tasa de interés puro del 6% anual.

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Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando recalcular el capital de condena aplicando el decreto 669/2019 que establece la actualización por el índice RIPTE más una tasa de interés puro del 6% anual. Los fundamentos principales fueron:
- La Corte Suprema había descalificado el sistema de capitalización periódica establecido por el Acta 2764/2022 de la CNAT.
- El decreto 669/2019 es una norma especial posterior que habilita la actualización de los créditos indemnizatorios por la variación del índice RIPTE.
- Esta actualización no es incompatible con la prohibición general de indexación, al ser una norma especial.
- Además de la actualización por RIPTE, corresponde aplicar una tasa de interés puro del 6% anual para compensar la privación del capital.
- Los honorarios de las representaciones letradas y pericial se regularon en 16%, 14% y 7% sobre el monto de condena actualizado.

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