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RODRIGUEZ, ROCIO GUADALUPE c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció un nuevo criterio para el cálculo de los accesorios sobre el monto de la condena.

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Indemnización por accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Estableció que el capital de condena debía actualizarse conforme a la variación del índice RIPTE más una tasa de interés puro del 6% anual, con una reducción del 30% de los accesorios calculados.
- Fundamentos:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación invalidó el criterio utilizado en las Actas CNAT 2764, 2783 y 2784 para el cálculo de los accesorios, por considerarlo desproporcionado.
- Corresponde aplicar el régimen específico del artículo 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo, modificado por el Decreto 669/2019, que dispone la actualización por el índice RIPTE.
- Sobre los intereses, corresponde aplicar una tasa de interés puro del 6% anual desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación, y luego en caso de mora acumular los intereses al capital semestralmente de acuerdo al artículo 770 del Código Civil y Comercial.
- Se efectúa una reducción del 30% de los accesorios a fin de ajustar el resultado a los lineamientos establecidos por la Corte Suprema.

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