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PEREZ, RAMON ANTONIO c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aplicó el índice de precios al consumidor más una tasa del 3% anual para la actualización del crédito.

Tasa de interes Indemnizacion Incapacidad laboral Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Indice de precios al consumidor Inconstitucionalidad de vedas a indexacion


¿Quién es el actor?

Ramón Antonio Pérez

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación por accidente de trabajo (lumbociatalgia, cervicalgia y tendinitis bilateral de muñecas)

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción. Modificó el modo de actualización del capital, declarando la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación. Dispuso que el crédito se actualice por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa de interés del 3% anual. Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que las tasas de interés aplicadas originalmente ya no compensaban la pérdida del valor adquisitivo del crédito laboral, por lo que era necesario declarar la inconstitucionalidad de las normas que vedan la indexación.
- Resaltó que los jueces deben preservar el poder adquisitivo de los créditos laborales y alimentarios, evitando su licuación por el paso del tiempo y la inflación.
- Aplicó el IPC como índice de actualización, por ser un método adecuado, justo y razonable para evitar la pérdida del valor del crédito, de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN.
- Fijó una tasa de interés del 3% anual, considerada justa y razonable.

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