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LLANQUE VARGAS EDGAR c/ MARKUZ LOGISTICA S.R.L. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo parcialmente el monto de la condena.

Despido Presuncion art 55 lct Sanciones art 132 bis lct Indexacion intereses Repotenciacion deudas laborales

Despido

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de primera instancia. Se confirmó el reconocimiento de la fecha de ingreso, categoría y remuneración del actor. Se desestimó el cuestionamiento a los días trabajados, SAC proporcional y vacaciones computadas. Se dejó sin efecto la sanción del art. 132 bis LCT. Se modificó el cálculo de intereses, aplicando la indexación por IPC más 3% anual. Fundamentos relevantes:
- Se aplicó la presunción del art. 55 LCT a favor de la fecha de ingreso, categoría y remuneración invocada por el actor, ante la falta de registración por el empleador.
- No se acreditó el pago de los rubros reclamados, por lo que correspondía reconocerlos.
- La sanción del art. 132 bis LCT no resultaba aplicable al caso de una relación clandestina, donde el empleador no retuvo aportes sino que mantuvo al trabajador fuera del sistema.
- Respecto a los intereses, se declaró la inconstitucionalidad de la normativa que impide la repotenciación de las deudas laborales, aplicando la indexación por IPC más 3% anual.

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