TEVES, YOLANDA c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora apeló el porcentaje de incapacidad fijado. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el cálculo de los accesorios conforme a los criterios que consideran la efectiva depreciación monetaria.
Determinar el porcentaje de incapacidad laboral y los accesorios correspondientes por un accidente de trabajo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el porcentaje de incapacidad fijado en primera instancia, pero modificó el criterio para calcular los accesorios a fin de que reflejen la real depreciación monetaria. En particular, dispuso aplicar la actualización por el índice de precios al consumidor (IPC) más un 3% anual de interés, con una única capitalización al momento de la notificación. Asimismo, adecuó los honorarios regulados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el porcentaje de incapacidad fijado se ajusta a la prueba pericial y normativa aplicable. Sin embargo, entendió que la tasa de interés fijada en primera instancia (tasa activa del Banco Nación) no compensa adecuadamente la pérdida de valor adquisitivo del crédito laboral por la inflación, por lo que declaró la inconstitucionalidad del régimen establecido en la ley 27348. En su lugar, ordenó aplicar la actualización por IPC más 3% anual.
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