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SUAREZ, SUSANA GABRIELA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora reclamó indemnización por accidente de trayecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció que la indemnización debe calcularse conforme el régimen de la Ley de Riesgos del Trabajo según el texto del DNU 669/2019.

Incapacidad fisica Accidente de trayecto Actualizacion por ripte Interes puro Principio de capacidad restante


- Actora: Susana Gabriela Suarez
- Demandada: Provincia ART SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de indemnización por accidente de trayecto

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la incapacidad del 7,70% determinada en primera instancia, pero modifica el cálculo de los intereses. Dispone que la indemnización se calcule conforme el régimen de la Ley de Riesgos del Trabajo según el texto del DNU 669/2019, con interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró aplicable el principio de la capacidad restante debido a que la trabajadora tenía una preexistencia por incapacidad reconocida en un juicio anterior. Respecto a los intereses, la Cámara entendió que el DNU 669/2019 prevé un sistema de actualización de las prestaciones por el índice RIPTE, por lo que corresponde aplicar un interés puro del 6% anual.

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