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FAYA BLANCO MARINA Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la regulación de honorarios a favor de la parte actora, incluyendo los intereses en la base de cálculo al constituir parte del monto del proceso.

Intereses Honorarios profesionales Cosa juzgada Camara federal de la seguridad social


¿Quién es el actor?

FAYA BLANCO MARINA Y OTROS

¿A quién se demanda?

CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cálculo de honorarios de la representación letrada de la parte actora

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la resolución que aprueba la cuantificación de honorarios de la parte actora, incluyendo los intereses en la base de cálculo, dado que son efectivamente percibidos al momento del pago. Rechaza el recurso de la demandada y fija los honorarios de la actora por la actuación en la instancia de alzada. Los fundamentos principales de la decisión son:
- La jurisprudencia del Tribunal Cimero revalida el principio de cosa juzgada, por lo que los derechos reconocidos en una sentencia firme no pueden ser revisados.
- El art. 6 inc. a) de la ley 21.829 dispone que para fijar el monto del honorario se tendrá en cuenta el monto del asunto o proceso, sin discriminar conceptos a excluir de la base regulatoria.
- La Cámara fija los honorarios de la representación letrada de la parte actora por su actuación en la alzada en el 10% de lo regulado en primera instancia.

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