TRANAMAN JOSE RICARDO Y OTROS c/ MINISTERIO DE JUSTICIA Y DD.HH. s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El Servicio Penitenciario Federal reclama que se revoque el fallo que ordenaba el pago del suplemento por antigüedad de servicios. La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la sentencia y rechaza la demanda, al considerar que la nueva estructura salarial del SPF no ocasionó perjuicio a los trabajadores.
Ordenar el pago del suplemento por antigüedad de servicios en la forma en que se percibía antes de los decretos 586/19 y resolución 607/19
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda. Considera que si bien las decisiones sobre política salarial son resorte exclusivo del Poder Ejecutivo, la nueva estructura salarial del SPF implicó una mejora de los haberes, por lo que no se acreditó un perjuicio a los trabajadores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema ha establecido que los requisitos de admisibilidad de la acción contencioso-administrativa no se aplican al ámbito de las fuerzas armadas y de seguridad, por lo que corresponde rechazar la excepción de falta de habilitación de instancia.
- Las decisiones de política salarial de las fuerzas armadas y de seguridad son resorte exclusivo del Poder Ejecutivo, sin que los jueces puedan sustituirse en la valoración de oportunidad, mérito o conveniencia.
- Si bien el Decreto 586/19 derogó el anterior régimen de suplemento por antigüedad, ello no implica una violación al principio de prelación de las leyes, y la nueva estructura salarial implicó una mejora de los haberes del SPF.
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